Código de Conducta

El presente Código se emite con fundamento en la Ley del Sector Hidrocarburos, su reglamento, así como en la Disposiciones Administrativas de Carácter General correspondientes.

Asimismo, se emiten con fundamento en los Términos y Condiciones para la Prestación del Servicio (los “TCPS”) y los Títulos de Permiso de cada permisionario

El grupo de interés económico New Fortress Energy manifiesta que queda prohibido condicionar la prestación de los servicios de almacenamiento y transporte por medio de ductos de gas natural sujetos a acceso abierto por parte de NFE Pacífico LAP, S. de R.L. de C.V., México FLNG, S. de R.L. de C.V. y NFE Altamira PipeCo, S. de R.L. de C.V a la contratación de los servicios de comercialización que ofrecen NFEnergía GN de BCS, S. de R.L. de C.V. y NFE Altamira FLNG, S. de R.L. de C.V.

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